domingo, 27 de noviembre de 2011

Renunciar sin sacar el cobre - para diseñadores gráficos


El crecimiento de un despacho o agencia esta en manos de sus empleados; en sus habilidades, conocimientos, y sin lugar a dudas, en su creatividad. Definitivamente constituyen un arma de gran valor para atraer proyectos que satisfagan tanto a un cliente, como a cada integrante de la organización a la que pertenecen.

En su mayoría, estas organizaciones tienden a vender como un valor intrínseco a su personal cuando en la realidad es uno de los trabajos con más rotación entre sus empleados y los tiempos de estancia pueden ser hasta de días para cualquiera que se integre al mundo laboral.

Por lo regular, detrás de una excesiva rotación laboral se oculta la desmotivación y descontento por falta de pago; los motivos pueden variar desde un retraso quincenal, hasta un verdadero abuso de confianza. Tal situación irremediablemente termina en la renuncia por parte de la persona a la que se le debe dinero y es aquí en donde empiezan a básicamente a “enseñar el cobre” algunos empleadores dando “largas” con el pago o ya de plano cortar cualquier forma de comunicación con sus extrabajadores.
Enlistamos una serie de recomendaciones para que tú paso por este tipo de situaciones sea lo mas cercano a la ética y legalidad que corresponde a cada caso.
  • Cuando firmes un contrato, verifica si es una empresa legalmente constituida ante un Notario Publico.
  • Verifica el domicilio que se menciona en el contrato para cualquier efecto legal que se presente.
  • Si te piden documentos, solo proporciona una copia fotostática.
  • En la medida de lo posible, no des más que la información básica de tu residencia.
  • En caso de que la empresa en la que laboras sea tu único fuete de ingresos, tienes todas las obligaciones obrero-patronales que corresponda en cada caso. (aunque sea por honorarios)
  • Se recomienda elaborar un documento en donde se mencionen las percepciones que vas a recibir cuando entres a laborar en la empresa.
  • El dar recibo de honorarios aunque no tenga numeración consecutiva obliga al empleador a proporcionar todas las prestaciones que correspondan en cada caso.
  • Se recomienda no firmar ningún documento en blanco o renuncia sin un contrato elaborado al principio de tu estancia en la empresa.
  • Si tienes personal a tu cargo, verifica bajo que términos los tienen contratados. La responsabilidad debe recaer sobre la empresa y no sobre ti.
  • Conviene prestar atención a los contratos de propiedad intelectual y autoral que tenga la empresa en caso de mal uso o abuso de confianza con la prestación de tus servicios.
  • Cuida de entregarle a la empresa cualquier documento que hayas generado durante tu estancia y de ser posible que te firme de recibido.
  • No estas obligado a no contactar a lo clientes de la empresa (aunque sea éticamente cuestionable)
  • De ser posible, guarda de manera confidencial cualquier información que tengas sobre la empresa y por supuesto no reutilices algún trabajo que hayas elaborado para la misma. (No te pongas al mismo nivel)
  • La cancelación de la prestación de servicios obliga a cualquiera de las dos partes a un aviso de mínimo 10 días de anticipación. (No te comportes como “chacha” aunque la empresa si lo haga).
Cualquier situación esta bajo la interpretación del Código Civil y las obligaciones que de ella emanen. La Secretaria del trabajo en la mayoría de los casos da por sentado la probidad del trabajador, por lo que su apoyo es incuestionable en casos extremos o que no lleguen a algún acuerdo las dos partes.

Independientemente de cualquier caso, recuerda que la perdida de personal implica un doble sacrificio para la empresa; por un lado la experiencia del trabajador que se va, y por otro lado, esperar a que el nuevo personal recorra la curva de aprendizaje de sus nuevas funciones.

Ante estas situaciones solo queda actuar y comportarse lo mas éticamente posible, las empresas que no actúan de esta manera muerden el polvo tarde que temprano y como se ha visto, es muy difícil que se quiten esa imagen por un largo tiempo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Quizás también le interese

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...